La Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad (LAEPC) dispone que la designación de magistrados titulares y suplentes de la Corte de Constitucionalidad (CC) por parte del Consejo Superior Universitario (CSU) de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Usac), cuyos integrantes son funcionarios públicos, se hará por mayoría absoluta de votos de los miembros presentes en el acto electoral en votación secreta.
De esa cuenta, la votación en el seno del CSU de la Usac para designar magistrados de la CC debe ser secreta, extremo que garantiza la ausencia de presiones, así como la absoluta independencia del votante. El voto público, por el contrario, puede condicionar al votante, así como exponerlo a represalias.
En todo caso, para ser electo magistrado de la CC, además de los méritos de capacidad, idoneidad y honradez exigidos por la Constitución para ocupar cargos públicos en general, se requiere ser guatemalteco de origen, abogado colegiado activo, de reconocida honorabilidad y tener, por lo menos, 15 años de graduación profesional.
Asimismo, la LAEPC, con claridad meridiana, establece que los magistrados de la CC que designe el CSU de la Usac deben ser escogidos preferentemente entre personas con experiencia en docencia universitaria. Preferentemente, según el Diccionario de la Lengua Española, significa de manera preferente, lo que supone que tiene ventaja o mayor derecho, quien ostente experiencia en docencia universitaria sobre quien no, por lo que quien designa o elige debe inclinarse a favor de quien ostente esta cualidad o desempeño.
Luego, el CSU de la Usac, por imperativo legal, debe designar como magistrados de la CC a quienes tengan experiencia en docencia universitaria. Esto supone que si un candidato tiene experiencia en docencia universitaria y otro (u otros) no, el CSU de la Usac debe designar a quien sí la tiene. Es más, quien carezca de experiencia en docencia universitaria no debe ser admitido como postulante o candidato.
De ahí que el CSU de la Usac invariablemente ha designado a docentes universitarios como magistrados titulares y suplentes de la CC, atendiendo al referido mandato legal. Efectivamente, en 1986, el CSU de la Usac designó como magistrados titular y suplente de la CC a los abogados Adolfo González Rodas y Fernando Barillas Monzón, respectivamente; en 1991 a los abogados Adolfo González Rodas y Ronán Roca; en 1996 a los abogados José Arturo Sierra González y Juan Francisco Flores Juárez; en 2001 a los abogados Cipriano Francisco Soto Tobar y Gilberto Romeo Alvarado Polanco; en 2006 a los abogados Mario Ramiro Pérez Guerra y Jorge Mario Álvarez Quirós; en 2011 a los abogados Mauro Roderico Chacón Corado y Juan Carlos Medina Salas; y en 2016 a los abogados Francisco De Mata Vela y Mynor Par Usen. Todos tenían experiencia en docencia universitaria.