La paga extraordinaria de Navidad es uno de los momentos más ansiados por los trabajadores, pero ni es en la misma cuantía ni es en el mismo momento, en función de si es funcionario, pensionista o trabajador de una empresa privada. La regulación está regida por el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores , que establece que «el trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores. Igualmente se fijará por convenio colectivo la cuantía de tales gratificaciones». Esto solo computa para los que tienen establecidas 14 pagas individuales y no 12, si bien el dinero final es el mismo porque las tendrán prorrateadas en cada mensualidad . En cualquier caso, la cantidad de dinero será la misma. Según el mismo Estatuto, «nunca podrá ser inferior a 30 días del salario base o del salario mínimo interprofesional». Para cada trabajador las fechas son diferentes. Para la mayoría de trabajadores de las empresas privadas, l a paga extra de Navidad se recibe entre el 15 y el 25 de diciembre , mientras que para los funcionarios se suele hacer o bien a principios o bien a finales. Los pensionistas son los que antes lo cobran, ya que suelen recibirlo en torno al 25 de noviembre, pero depende de cada banco.