Archivada la denuncia por coacciones de la Asociación de Clubes de Tercera División Nacional contra Rubiales

El Juzgado de primera instancia e instrucción número 8 de Majadahonda ha decretado el sobreseimiento provisional y el archivo de la denuncia presentada por los equipos fundadores de la Asociación de Clubes de Fútbol de Tercera Categoría Nacional (UD San Sebastián de los Reyes, Dux Internacional de Madrid, Rayo Majadahonda, Balompédica Linense, y Linares Deportivo) contra el presidente de la Federación de Fútbol, Luis Rubiales , por presuntos delitos de amenazas y coacciones. Una resolución contra la que cabe interponer recurso en el plazo de cinco días. Los citados clubes denunciaron que el presidente Rubiales, Andreu Camps (secretario general de la RFEF) y Tomás González Cueto (miembro del Comité de Auditoría y Control Económico) les exigieron que renunciaran al ejercicio de su derecho de la Asociación , exigiéndoles la disolución de la misma bajo amenazas de expulsarles de la competición de Primera Categoría de la RFEF, para evitar así que dicha asociación pudiera alcanzar acuerdos de patrocinio o ayudas financieras. Constituida el 16 de febrero de 2022, los clubes fundadores de la Asociación de Clubes de Fútbol de Tercera Categoría Nacional aseguraban en la denuncia que las amenazas y coacciones de los denunciados tuvieron lugar en una reunión de clubes de Primera RFEF que tuvo lugar el 10 de marzo de 2022. Noticia Relacionada Fútbol estandar No Jesús Medina, el nuevo azote de Rubiales Jorge Abizanda El presidente del Linares sustituye a Stephen Newman al frente de la Asociación de Clubes de Fútbol de Tercera Categoría Nacional Según ellos, en esa reunión se les dijo públicamente que la creación de Asociaciones de equipos de fútbol que a su vez sean miembros de la RFEF está prohibida. Los miembros de la Asociación de Clubes de Tercera Categoría Nacional afirmaron que los denunciantes apelaron «a un acuerdo inexistente votado en la asamblea de los miembros de la Primera Categoría de la RFEF de 17 d agosto de 2021». «Analizadas en conjunto la totalidad de las diligencias de instrucción practicadas en las presentes actuaciones, se concluye sin ningún género de dudas que procede acceder a las peticiones de sobreseimiento instadas por las defensas de los investigados, al no apreciarse la existencia de indicios racionales de criminalidad en los mismos, ni por ende la comisión por los denunciados de los delitos de amenazas ,coacciones y prevaricación administrativa que se les imputan en la denuncia», afirma en su sentencia el juez Gonzalo Laguna Pontanilla, titular del juzgado número 8 de Majadahonda.

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Author: Pablo Perez