La aplicación de la reciente Ley de Extinción de Dominio requiere de un Poder Judicial independiente y confiable, por su independencia política y por su probidad. Este instrumento nació bajo la modalidad exprés: fue sancionada por la Asamblea Nacional el 27 de abril y al día siguiente, el 28 de abril, fue sentenciada la constitucionalidad de su carácter orgánico. Y ese mismo día se publica en la Gaceta Oficial N° 6.745 (Extraordinario) ¿Cuál fue el tiempo para la reflexión y para la discusión con los distintos sectores nacionales?