El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado jueves la orden ETD/647/2023 para «dar destino a las monedas de euro no aptas para la circulación» y para las monedas de euro falsas. Según se explica, la ley 10/1975, de 12 de marzo, de Regulación de la Moneda Metálica da potestad al Banco de España para retirar de la circulación las monedas que entren en sus cajas y que no superen el proceso de autentificación , es decir, que sean falsas, o que no se consideren aptas. Además, es el Banco de España quien recibirá de las entidades de crédito y de otras entidades que participen en la manipulación y entrega al público de billetes y monedas a título profesional, las monedas que tras un proceso de autentificación se consideren presuntamente falsas y las monedas de euro no aptas para la circulación. En este contexto, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, competente en la materia, ha dictado una orden para regular esa retirada. Aclarar el texto que el proceso que se va a seguir es de «ámbito interno» ya afecta al Banco de España y a la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre (la Fábrica, en adelante). Autentificar las monedas de euro Para sacar de la circulación y eliminar este tipo de monedas el BOE detalla el procesos que se van a seguir y establece una serie de definiciones. Tras pasar un proceso de autentificación, las monedas se clasifican en aptas, presuntamente falsas y no aptas para la circulación . Las diferencias entre las monedas de euro falsas y no aptas para la circulación Monedas falsas: tienen la apariencia de monedas en euros, que han sido fabricadas o alteradas fraudulentamente y que son consideradas como tales por el Banco de España Monedas de euro no aptas: monedas de euro auténticas, pero rechazadas durante el proceso de autentificación o que hayan sido alteradas Una vez clarificado que se trata de monedas que no pueden volver a la circulación, las autoridades monetarias competentes iniciarán los procedimientos de desmonetización. Esto es el «proceso físico de destrucción de las monedas de euro no aptas para la circulación mediante una deformación física y permanente, de forma que no puedan volver a introducirse en la circulación o entregarse para el reembolso». ¿Cómo se destruirán las monedas? Tras ser autentificadas, el Banco de España pondrá a disposición de la Fábrica las monedas de euro falsas y no aptas para su destrucción. La ley la Ley 10/1975 da potestad a la Fábrica para destruir estas monedas por ella misma o por la contratación de terceros. «La Fábrica levantará acta de la desmonetización de las monedas de euro no aptas para la circulación y de la destrucción de las monedas de euro falsas, y remitirá copia de estas a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera», subraya el BOE. Los materiales obtenidos tras la destrucción podrán servir para acuñar monedas legales con la aprobación de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera. Si alguno de esos materiales no es apto, «se procederá a su venta» mediante subasta pública y se abonará la cantidad al Tesoro Público. MÁS INFORMACIÓN Noticia No Estas son las monedas que podrían desaparecer muy pronto si se cumple la voluntad de la Comisión Europea La orden que permanecía en vigor para este supuesto de retirar monedas de la circulación era la de 1983 que se enfocó en apartar las monedas dañadas por el paso del tiempo, pero no mencionaba de forma específica las falsificaciones. Como detalla la orden del BOE, que entrará en vigor el 1 de julio, el objetivo es dar un destino definitivo a las monedas de euro no aptas o a las falsas. Asimismo, se pretende erradicar estafas.