El voto universal para varones casados o mayores de dieciocho años, sin necesidad de saber leer y escribir, establecido en la Constitución de 1857 (11) tenía las limitaciones previstas en la misma, entre otras, no podían ser electores directos del Presidente de la República.
La otra cara: “De la decisión tumultuaria al voto democrático” (II) Por José Luis Farías