Competencia cuestiona las restricciones de la regulación catalana de apartamentos turísticos

La Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) cuestiona la regulación catalana sobre alojamientos turísticos . En concreto, cuestiona el establecimientos de una ratio o cupo máximo de viviendas turísticas por habitantes en los municipios afectados. Al respecto, la CNMC cuestiona que «no se indica el fundamento técnico de esta ratio ni se tiene en cuenta la presencia de características particulares que distingan los diversos municipios afectados, entre otras circunstancias». El pronunciamiento alude al decreto ley catalán de medidas urgentes sobre el régimen urbanístico de las viviendas de uso turístico, aprobado por el Gobierno de la Generalitat el 8 de noviembre, una regulación que en su tramitación parlamentaria fue matizado, al otorgar finalmente a los ayuntamientos la potestad de determinar las limitaciones concretas. En su informe, la CNMC concluye que toda medida limitativa de la actividad económica, como sucede con la citada regulación , «debe resultar conforme con los principios de necesidad y proporcionalidad» recogidos en el artículo 5 de la ley Garantía de la Unidad de Mercado (LGUM). En esa medida, la CNMI reconoce que la norma sí justifica «la exigencia de licencia urbanística para el uso turístico de viviendas en razones de protección del entorno urbano en los municipios de Cataluña previamente identificados que presentan problemas de acceso a la vivienda y/o que se encuentran en riesgo de romper el equilibrio del entorno urbano por una alta concentración de viviendas de uso turístico«. No obstante, sí apunta que habría sido »un especial esfuerzo de motivación en términos de necesidad y de proporcionalidad, pues algunas medidas adoptadas serían cuestionables desde la perspectiva de dichos principios«. Frente a estas medidas limitativa, la CNMO recuerda que en un informe reciente sobre regulación de las viviendas de uso turístico en España proponía como « medida alternativa « menos restrictiva el establecimiento de un impuesto o tasa sobre la estancia en alojamientos turísticos. »Los ingresos procedentes de este impuesto turístico se podrían utilizar, por ejemplo, para financiar medidas destinadas a incidir en el nivel de precios del alquiler de las viviendas en dichos municipios ‘tensionados’, para impulsar así la vivienda social que facilitara el acceso a una vivienda permanente a los habitantes de dichos municipios«. Noticia Relacionada estandar No ¿Peligra la presencia de las ferias ISE y Mobile en Barcelona? La patronal de los apartamentos turísticos ve riesgo de fuga Àlex Gubern El sector señala que Madrid podría beneficiarse del veto a los alojamientos vocacionales: «Se frotan las manos» El revés de la CNMC se suma al de su análoga en Cataluña Autoridad Catalana de la Competencia (ACCO), que en un informe reciente cuestiona la misma regulación, particularmente el hecho de que en determinadas circunstancias permite a los municipios la no renovación de licencias ya concedidas, lo que desde la patronal de los apartamentos turísticos Federatur podría suponer la eliminación de hasta el 40% de la oferta de alojamiento reglada en Cataluña en un período de cinco años.

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Author: Pablo Perez