El Tribunal Supremo sentencia que cortar la luz y el agua a un okupa no es un delito de coacciones

El Tribunal Supremo (TS) ha publicado una importante sentencia con la que se abre la puerta a la posibilidad de dar de baja los suministros a los okupas sin ninguna responsabilidad penal. El Alto Tribunal se ha pronunciado así en la sentencia 426/2026 en la que distingue entre «un sujeto pasivo que goza de un legítimo título de acceso y disfrute de la posesión del bien» con otro sin «derecho ni título alguno que le ampare» con la «pretensión» de aprovecharse de un «bien ajeno». En este último caso, el TS apunta a la legitimidad de un propietario de cortar la luz y el agua de su vivienda cuando está ocupada de forma ilegal . En el caso sobre el… Ver Más

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Author: Pablo Perez