Portugal tiene un problema de vivienda parecido al de España, pero su apuesta para resolverlo es radicalmente distinta. Mientras los socios del Gobierno español defienden topes a los alquileres, más frenos a los desahucios y, como plato fuerte, los llamados alquileres indefinidos, el país vecino tramita una reforma en sentido opuesto , que dé más libertad a los propietarios y ponga fin a los topes de precios. La propuesta del Gobierno de Luís Montenegro, que ya ha recibido un primer aval del Parlamento luso este 30 de septiembre, plantea agilizar los desahucios por impago, flexibilizar la negociación de las fianzas y eliminar los topes de precios en los nuevos contratos. El objetivo, según defiende el Ejecutivo, es «devolver la confianza al mercado» y conseguir que los propietarios pongan en alquiler viviendas que ahora mantienen vacías. En este sentido, el Gobierno calcula que en el país existen unas 250.000 viviendas de este tipo en condiciones de ser alquiladas, pero sostiene que muchos propietarios no las ofrecen por miedo a los impagos, las dificultades para recuperar el inmueble y los sucesivos cambios legislativos. Uno de los principales cambios afecta a los inquilinos que dejan de abonar la renta. La legislación portuguesa permite actualmente resolver el contrato cuando el impago se prolonga durante tres meses. Con la nueva regulación, ese plazo se reducirá a dos meses. Desde ese momento, el propietario podrá resolver el contrato e iniciar el correspondiente procedimiento para recuperar la vivienda. También se endurecerán las consecuencias de los retrasos reiterados. El casero podrá actuar cuando el inquilino pague con más de ocho días de demora en más de tres ocasiones, consecutivas o no, durante un periodo de doce meses, o en más de cuatro ocasiones a lo largo de dieciocho meses. A ello se suma una simplificación de los procedimientos de desahucio. El Gobierno pretende suprimir trámites que considera innecesarios, mejorar las notificaciones y agrupar en un mismo proceso las decisiones sobre el desalojo de la vivienda y el cobro de las rentas pendientes. La propuesta inicial del Gobierno planteaba eliminar el límite de dos mensualidades que la normativa vigente establece para la fianza. De este modo, propietario e inquilino podrían pactar libremente la cantidad exigida como garantía al comienzo del alquiler. Sin embargo, este punto deberá revisarse durante la tramitación parlamentaria. El acuerdo entre el PSD y Chega contempla limitar las fianzas y los pagos anticipados respecto a lo planteado por el Ejecutivo, por lo que las condiciones definitivas todavía están pendientes de concretarse. En cuanto a las rentas pagadas por adelantado, la propuesta inicial planteaba elevar el máximo de dos a tres mensualidades, mediante acuerdo escrito. Esta medida también queda pendiente de revisión tras el acuerdo parlamentario. Sin duda, uno de los cambios más profundos. El anterior Gobierno socialista introdujo en 2023 un límite para impedir que una vivienda que ya había estado alquilada pudiera regresar al mercado con una subida de más de un 2% la renta del anterior, además de las actualizaciones legales que no hubieran sido aplicadas. El límite debía mantenerse hasta finales de 2029. El Ejecutivo de Montenegro quiere adelantar la desaparición de esta restricción, prevista para finales de 2029. Si la medida se aprueba, el precio inicial de los nuevos contratos podrá volver a pactarse libremente entre el propietario y el futuro inquilino. El cambio no permitirá, sin embargo, que los caseros aumenten a voluntad las mensualidades de los contratos que ya estén en vigor. En estos casos, las revisiones continuarán haciéndose conforme a lo acordado al firmar o, si no existe una cláusula específica, de acuerdo con el coeficiente legal de actualización. Los propietarios también tendrán más capacidad para recuperar la vivienda cuando finalice el periodo pactado. El casero podrá oponerse a la primera renovación automática del contrato, siempre que lo comunique al inquilino con la antelación exigida. La regulación vigente impedía que esa oposición produjera efectos antes de que hubieran transcurrido tres años desde la celebración del contrato. La reforma elimina ese blindaje, aunque mantiene las reglas generales sobre su duración: los alquileres seguirán teniendo un plazo mínimo de un año y un máximo de treinta. Igual que ocurre en España con las famosas rentas antiguas, el mercado portugués está lleno de miles de contratos anteriores a 1990, algunos prácticamente vitalicios y con rentas muy alejadas de los precios actuales. La reforma pretende limitar su transmisión indefinida entre familiares y establece que los inquilinos menores de 65 años pasarán al nuevo régimen de alquiler. Si el hogar ingresa menos de 64.400 euros anuales, la renta quedará protegida durante cinco años; si supera esa cantidad, podrá actualizarse con un límite vinculado al valor fiscal de la vivienda. Los mayores de 65 años y las personas con una discapacidad igual o superior al 60% mantendrán una protección reforzada y sus contratos no pasarán al nuevo régimen. No obstante, cuando los ingresos del hogar superen los 64.400 euros anuales, el alquiler también podrá revisarse tomando como referencia el valor patrimonial del inmueble. La nueva normativa facilitará la finalización de los contratos cuando el inmueble necesite una rehabilitación profunda. En los alquileres antiguos, si el inquilino tiene más de 65 años o una discapacidad superior al 60%, el propietario tendrá que ofrecerle otra vivienda en condiciones análogas. En el resto de los casos, cuando no exista un acuerdo entre las partes, el casero deberá abonar una indemnización. La reforma persigue así desbloquear viviendas y edificios deteriorados sin eliminar completamente las garantías de quienes residen en ellos. También se mantiene el derecho de adquisición preferente del inquilino cuando el propietario decide vender la casa. Sin embargo, su ejercicio podrá limitarse cuando cause un perjuicio apreciable al dueño, como podría ocurrir en la venta conjunta de un edificio completo. Ahora bien, el Ejecutivo acompaña el endurecimiento de las condiciones con la creación de un Fondo de Emergencia para la Vivienda. La intención es que sea el Estado, y no el propietario particular, el que asuma la respuesta social cuando una familia no puede pagar y pierde su alojamiento. El fondo ofrecerá ayudas directas y no reembolsables para cubrir gastos de alojamiento o realojamiento, ya sea temporal o permanente. Estará dirigido, entre otros supuestos, a hogares desalojados por dificultades económicas y a víctimas de violencia doméstica.