
Una nueva regla del Departamento de Seguridad Nacional modifica el proceso migratorio para ciertos niños nacidos en Estados Unidos cuyos padres no son ciudadanos estadounidenses y trabajan para un gobierno extranjero.
Por Infobae
La medida establece que estos menores pueden acceder a la residencia permanente, pero no reconoce su derecho automático a la ciudadanía estadounidense por haber nacido en el país.
Según U.S. Citizenship and Immigration Services (USCIS), la medida amplía un esquema que hasta ahora se aplicaba a hijos de funcionarios diplomáticos extranjeros.
USCIS informó el 4 de septiembre de 2026 que sustituyó la categoría “funcionario diplomático extranjero” por la de “empleado de un gobierno extranjero”. De ese modo, abrió la residencia permanente legal a un grupo más amplio de menores nacidos en Estados Unidos.
A quiénes alcanza la nueva definición
La definición de “empleado de un gobierno extranjero” incluye a funcionarios diplomáticos acreditados en Estados Unidos, ciertos empleados de embajadas o consulados que sean nacionales de ese país (por ejemplo un ciudadano de México contratado por la Embajada de México en Estados Unidos), personas empleadas oficialmente por un gobierno extranjero y trabajadores de organizaciones internacionales con inmunidad, según USCIS.
La regla también excluye categorías concretas. Entre ellas figuran empleados personales o asistentes de funcionarios extranjeros, ciertos contratistas, determinados empleados de empresas estatales, nacionales de terceros países que trabajan para gobiernos extranjeros y empleados gubernamentales extranjeros que visitan Estados Unidos a título personal.
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