Dilema de los partidos políticos emergentes

‘En todas las cosas humanas, cuando se examinan de cerca, se demuestra que no pueden apartarse los obstáculos sin que de ellos surjan otros’.(Nicolás Maquiavelo) Con la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos se le complica la situación, de las organizaciones emergentes, incluso varias podrían desaparecer.’El primer escollo es el artículo 25, el cual prohíbe alianza electoral en el primer proceso, por tanto, deber participar en las elecciones de manera unilateral.¿Qué implica esto? Los partidos emergentes están compelidos a presentar candidaturas propias en todos los niveles, o sea, presidencial, congresual y municipal, lo que constituye un gran desafío para las entidades pequeñas.También deben tener sedes establecidas en el Distrito Nacional y Santo Domingo, así como organismos de dirección en las provincias y municipios del país.Solo de esta manera podrán cumplir con el numeral 8 del artículo 15, que establece que los organizadores del partido deben enviar…

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Author: El Reportero Anónimo