Análisis No. 3: Tipo de ente para la estructura de control de gestión del SEN, por José Luis García

Continuando con los comentarios expuestos en los anteriores documento de análisis No 01 y No 02, en referencia a lo establecido en la LEY ORGÁNICA DEL SECTOR ELÉCTRICO / LOSE – 2016, actualmente en etapa de segunda discusión por la Asamblea Nacional, y relacionados con los mecanismos para la escogencia de los miembros – el Presidente – y la propia composición de las Juntas Directivas de la Comisión Nacional de Electricidad – ver Artículo 27 del TÍTULO III –, y del Centro Nacional de Gestión del SEN – ver Artículo 49, Capítulo III, TÍTULO V –, a continuación se exponen algunos comentarios asociados a la definición del tipo de ente previsto para la constitución – creación – del Centro Nacional de Gestión del SEN.

Clique aqui para ver articulo original

Author: Pablo Perez