La Constitución de 1999 estableció mandatos superiores en materia de ascensos militares, reflejándolos dentro del Artículo 331 creado por el constituyente para generar parámetros objetivos que determinen una verdadera, deseada y necesaria legitimidad de origen de los grados y jerarquías militares alcanzadas mediante el ascenso dentro de la Fuerza Armada Nacional.