Una de las garantías constitucionales del proceso requiere que todo ciudadano tenga el derecho a ser juzgado por su juez natural. Así fue establecido por la Sala Constitucional en sus primeras decisiones, al señalar que entre los requisitos de la noción de juez natural se requiere que este sea independiente e imparcial (sentencia N° 144 del 24.02.2000). La independencia tiene que ser política, económica y psicológica. Solo un juez independiente puede garantizar la tutela judicial efectiva y el debido proceso de las partes.