EL Dr. Asdrúbal Aguiar en un reciente artículo titulado “El Revocatorio Desconoce la Transición Constitucional”, publicado en la página de opinión del Diario El Nacional el pasado 6 de diciembre, fijó una tesis que para mí es un típico paralogismo o falso supuesto. Asdrúbal es un venezolano honorable, culto, forjado en la escuela clásica del pensamiento jurídico y del humanismo cristiano. Lo he apreciado y respetado a lo largo de mis años de lucha política.Pero en su reciente trabajo ha incurrido, a mi modesto modo de ver, en un razonamiento falso o incorrecto, o paralogismo, o, jurídicamente en un falso supuesto, respecto del derecho político consagrado en el artículo 72 de la Constitución, de revocabilidad de cargos y magistraturas de elección popular, que conforme los artículos 5º y 62, de la misma Constitución, constituye el ejercicio directo de la soberanía, mediante el sufragio y de participación directa y libre en los asuntos públicos y en el control del ejercicio de la gestión pública para lograr su protagonismo que garantice su completo desarrollo individual o colectivo, como lo es en la presente realidad política del país la lucha que libramos por el rescátate del estado de derecho.