La elección del Rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala se convirtió en fraudulenta, no solo porque hubo vicios fundamentales en algunos cuerpos electores, tanto en las Facultades como en ciertos Colegios Profesionales. En el caso de las Facultades, mencionaré un ejemplo. Es un mal ejemplo dado por la Facultad de Ingeniería, cuyo Secretario Académico simplemente devolvió sin ninguna resolución el expediente de inscripción de la planilla estudiantil de SOS Usac. Este es un caso de tipo penal. En el caso de los Colegios Profesionales, el mal ejemplo lo dio el Colegio de Médicos y Cirujanos, que remitió los resultados, adjuntando el padrón electoral, cuestión que no tiene ninguna justificación legal. Los Colegios Profesionales son entes totalmente ajenos a la Usac y no tiene por qué obedecer órdenes ni del Secretario General de la misma, como tampoco del Director de Asuntos Jurídicos. Fue por estas razones que, al agotarse el proceso de elecciones, se aceptaron por parte del Consejo Superior Universitario la mayoría de los cuerpos electorales, salvo en siete cuerpos electores que, por diversas razones, los integrantes de las planillas electas no recibieron su acreditación como electores. Curiosamente, de esos cuerpos electorales cuatro pertenecían a SOS Usac y tres a Avante. De tal manera que sumaron 35 electos con esa calidad, que no fueron acreditados. De donde los cuerpos electores acreditados como tales fueron 27, con 135 electores a los que se suma el Rector, miembro ex oficio del Cuerpo, por lo que son esas 136 personas los electores que debían elegir al Rector para el periodo citado. El propio CSU estableció el 27 de abril como la fecha para la elección, la cual no se realizó, debido a la intervención de hecho de personas inconformes con la no participación de los siete cuerpos electorales indicados. No se permitió el ingreso de los electores acreditados al lugar en donde se realizaría ese evento, por lo que este no se hizo. Lo que motivó que se plantearan diversas acciones legales, la mayoría de las cuales no han sido resueltas por los tribunales del país. Una de las acciones legales fue presentada a la Sala Quinta del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, que constituida en Tribunal de Amparo otorgó amparo provisional en contra del CSU y ordenó: “VIII … al Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, convocar de manera inmediata a Sesión del Consejo y acordar el nuevo lugar en el cual se llevará a cabo la elección de Rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala, periodo 2022-2026, dentro del plazo de cinco días, a partir de que se notifique la presente resolución, convocando para el efecto a los veintisiete cuerpos electorales que se encuentran habilitados para votar, en observancia a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Universidad de San Carlos de Guatemala”.El CSU estableció el lugar en el Parque de la Industria y la fecha para el 14 de mayo de 2022, sin considerar lo resuelto por el tribunal y el artículo 19 de la ley orgánica de la Usac.