Magistrados cuestionados del TSE

A principios de la semana pasada, el presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Ranulfo Rafael Rojas Cetina, anunció que el TSE podría no inscribir las candidaturas de políticos que, a su juicio, hubiesen hecho campaña electoral anticipada mediante la promoción de su imagen por la vía mediática. 

Además, ha trascendido que los magistrados del TSE han viajado a EE. UU., con el supuesto propósito de promover el empadronamiento de migrantes, y, al efecto, han gastado más de Q3 millones en viáticos.

En todo caso, cabe recordar que, en 2020, los magistrados del TSE Ranulfo Rafael Rojas Cetina y Marco Antonio Cornejo Marroquín, al momento de presentar la documentación respectiva ante la Comisión de Postulación de Candidatos a Magistrados del Tribunal Supremo Electoral, acreditaron, por medio de certificaciones extendidas por el decano de Derecho de la Universidad Da Vinci (UDV), Juan Carlos Rodil Quintana, la obtención de los grados académicos de doctor en Derecho Constitucional y de magíster en Derecho Penal, respectivamente.

Sin embargo, la UDV, una universidad privada, públicamente dio a conocer que constató que dichas certificaciones no se apegaban a la verdad y la realidad, ya que los abogados Rojas Cetina y Cornejo Marroquín no habían obtenido esos grados académicos al momento de presentar las referidas certificaciones ante la postuladora. 

Por tanto, quedó evidenciado que dichos abogados, través de estas acreditaciones, hicieron incurrir en error a la referida Comisión en el proceso de evaluación de la capacidad, idoneidad y honradez de los mencionados profesionales, quienes, por cierto, quedaron incorporados en la nómina de 20 candidatos a magistrados del TSE, que elaboró la indicada Comisión, y que se sometió a consideración del Congreso, para la elección de los diez magistrados del TSE (cinco titulares y cinco suplentes). 

Rojas Cetina y Cornejo Marroquín resultaron electos por el Congreso como magistrados titular y suplente, respectivamente, y, asimismo, fueron juramentados y tomaron posesión de los cargos, a pesar de que las respectivas designaciones estaban cuestionadas de nulidad de origen, por lo que debe tenerse presente que las actuaciones del TSE en que hubiesen intervenido dichos “funcionarios” también podrían ser invalidadas, lo que incluye apremios y sanciones contra políticos y organizaciones políticas. 

En consecuencia, resulta imperativo que se subsane el error sustancial en que se incurrió antes de que se convoque a elecciones generales, se integre el TSE con magistrados idóneos, porque, de lo contrario, el proceso electoral podría ser refutado e impugnado de nulidad absoluta.

Por cierto, debe tenerse presente que la función principal del Ministerio Público, por mandato constitucional taxativo y expreso, es velar por el estricto cumplimiento de la ley, y no solo el ejercicio de la acción penal pública. Así sea.

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Author: Maria Suarez