Supongamos que la adquisición de equipamiento tecnológico para el Tribunal Supremo Electoral (TSE) se ha realizado correctamente y no hay atisbo alguno de corrupción ni de manipulación electoral.
Supongamos que el TSE ha actuado ética y correctamente, tanto legal como legítimamente en el proceso de adjudicación del sistema de procedimientos y equipos que conforman el modelo tecnológico para el desarrollo del proceso electoral 2023. Supongamos que el único oferente no tuvo ventaja conociendo de antemano las bases del evento y que no es cierto que solo dieron 8 días para presentar ofertas, tampoco que un ex viceministro administrativo del Ministerio de Gobernación tenga algo que ver con la empresa de Islas Vírgenes que fue inscrita como sucursal en Guatemala el 16 de junio pasado, y tampoco es cierto que obtuvo el registro de precalificada como proveedor del Estado (RGAE) en menos de tres meses.
Asumamos que el comunicado aclaratorio del TSE es correcto y que ha actuado conforme la ley, cumpliendo con los procedimientos que garantizan la publicidad y transparencia, habiendo realizado publicaciones oportunas en un periódico de mayor circulación, en el Diario Oficial y la página web respectiva; y que es injustificada la preocupación pública de más de una docena de organizaciones no gubernamentales de la sociedad civil (Alianza Evangélica, Comunidad Judía de Guatemala, Conferencia Episcopal, Asies, URL, Organismo Naleb, Asorema, Guatemala Visible, Primero Guatemala, Jóvenes por Guatemala, Madres Angustiadas, etc.).
Y de igual manera, supongamos que el proceso para la selección de seis candidatos por la Comisión de Postulación para que el Congreso de la República elija a uno de ellos para dirigir la Contraloría de Cuentas no está arreglado de antemano, y no es cierto que ya está predeterminado quién será el próximo Contralor.
Asumamos que no es cierto que el Colegio de Contadores Públicos y el Congreso de la República hayan retrasado deliberadamente la conformación y juramentación de la Comisión de Postulación del Contralor de Cuentas, para que el supuesto elegido pudiera cumplir los 40 años para optar al cargo. Supongamos que no están coludidos los 14 votos de los 23 integrantes de dicha Comisión que se opusieron a que los aspirantes declaren bajo juramento (como se ha hecho en procesos anteriores) que no tienen ningún conflicto de interés para ser Contralor (porque su patrimonio personal es de origen lícito, no tienen incumplimientos fiscales, ni ocupan cargos en directivas de partidos políticos y que no tienen directa o indirectamente, personalmente o por medio de familiares en los grados de ley, relaciones de índole comercial, prestación de servicios o como proveedor del Estado, con cualquier entidad del sector público que luego será sujeto a su fiscalización).
Si los señalamientos son falsos; la tienen fácil, bastaría que los hechos demostrasen lo contrario.
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