¡Aquí no hay quien viva! Sencillos consejos para sobrevivir como presidente de la comunidad de vecinos

Muchos lo comparan con una suerte de mili, otros llegan a disfrutar de la púrpura con el tiempo y repiten en el cargo, aunque la mayoría prefieren no verse honrados con el honor de ser presidentes de la comunidad de vecinos . Hasta una longeva y exitosa serie de televisión, ‘¡Aquí no hay quien viva!’ retrató con humor durante años el día a día de un bloque de pisos en una ciudad española cualquiera. Si este año ha silo ‘elegido’ para tan alta responsabilidad, en la que se llegan a aunar conocimientos básicos sobre la Ley de Propiedad Horizontal, sobre arquitectura y decoración, amén de muchas dosis de paciencia, atentos a estos consejos. Un aliado necesario: el administrador Una vez recuperado del susto, tras ser ungido por la junta de vecinos, el presidente de la comunidad, tiene en el administrador a su ‘pareja de baile para su mandato’. Pero, ¿qué hace exactamente? Como nos recuerdan desde el Consejo General de Colegios de Administradores de España (Cgcafe) es la persona que gestiona el día a día de la comunidad : garantiza la seguridad jurídica, asume la gestión económica (presupuestos, derramas, fijación de cuotas, etc.), vela porque la regulaciones legales se cumplan y , sobre todo, «asesora al presidente sobre los distintos temas, problemas y soluciones para la comunidad». En caso de conflictos: cómo proceder Lo que observará enseguida el presidente de la comunidad novato es que sus vecinos se dirigen a él para muchos problemas y sugerencias, que antes pasaban inadvertidas. De repente, las pequeñas contrariedades del día a día en su bloque de pisos le afectan directamente. Especialmente delicado es todo lo relacionado con ruidos, peleas y otras conductas que ponen a prueba la sana convivencia (ocupar el pasillo con una voluminosa bicicleta como si este fuera tuyo, por ejemplo). Desde el Consejo General de Colegios de Administradores de España (Cgcafe) nos dan las claves de cómo actuar: 1. Comunicar el problema al vecino para hacerle ver la situación y pedir que rectifique amistosamente. 2. Si el problema persiste, el vecino/s afectado puede dirigir un escrito al presidente de la comunidad. O quejarse verbalmente, señalando en ambos casos en qué piso o local se encuentra el problema. 3. Informe al administrado de fincas bien remitiéndole el escrito del vecino o propietarios que se quejan para que este le pueda asesorar Importante: el primer paso siempre debe ser «amistoso» , hacerle caer en la cuenta que su conducta genera molestias. 4. Si aún así, el aludido persevera en su actitud, debe entrar en escena la comunidad de vecinos para que le advierta «de forma fehaciente» contra esos molestos ruidos o cualquier otra actividad inadecuada. 5. Si no hay cambio, lo lógico es elevar la situación a la junta de vecinos para que esta acuerde interponer una denuncia ante el juzgado. Las comisión de obras, un clásico En su presidencia llegará un momento en que, dependiendo del tamaño de la comunidad, puede tener que afrontar alguna de estas decisiones: reparar la fachada, poner ascensor o reformar el portal, entre otros. En este tipo de situaciones puede convenir que de la resolución participen más personas, junto al presidente y el administrador. Quizás, sea la hora de formar una comisión con varios vecinos elegidos por la junta de propietarios para que solicite varios presupuestos. Desde el Cgcafe aseguran que «no existe un modelo único para afrontar estas situaciones» , pero sí aconsejan «buscar asesoramiento técnico» para que la comisión conozca las necesidades del edificio y adopte las decisiones adecuadas. Noticia Relacionada estandar Si El Gobierno «nos ha vendido una moto» con las tarifas para la calefacción central Javier González Navarro Los precios siguen siendo mucho más caros que los que tienen los clientes con calefacción individual Pedir varios presupuestos, una buena práctica Igual que si fuéramos a realizar una reforma en casa. Para instalar un nuevo ascensor, poner cámaras de seguridad o impermeabilizar la fachada, entre otras actuaciones, desde el Consejo General de Colegios de Administradores de España aconsejan al presidente de la comunidad perdir varios presupuestos. Por ejemplo, las subvenciones relacionadas con los nuevos fondos europeos exigen solicitar tres presupuestos . Algo muy lógico, pero que también que «las empresas a las que se les soliciten sean serias y solventes» . ¿Cómo? Por ejemplo, que den garantías sobre los plazos de ejecución y «adapten» sus pagos a la economía de la comunidad de propietarios. También juega un rol importante el asesoramiento técnico en ciertas obras. La fecha y hora de las juntas de vecinos, las fijas tú Ser presidente de la comunidad de vecinos tiene alguna ventaja. Entre ellas, la agenda de las reuniones la marcas tú. En concreto, la Ley de Propiedad Horizontal obliga a una junta anual , pero luego el presidente puede convocar las que juzgue oportunas. «La fecha, horario, etc, le corresponde establecero al presidente», especifican desde el colegio que agrupa a los administradores de fincas españoles. Unanimidad o mayoría, depende Las mayorías requeridas para ciertos acuerdo varían según la trascendencia de los mismos: Por ejemplo, la unanimidad es requerida para modificar los estatutos, cambiar el título constitutivo o los coeficientes de participación (las cuotas). Si lo que se pretende es la creación o cancelación de algún servicio del que se beneficia la comunidad (la portería, por ejemplo) se necesitará una mayoría de 3/5 partes de los propietarios que representen a la vez las 3/5 partes de las cuotas de participación. Lo mismo para alquier algún elemento común (una sala de reuniones, el piso del antiguo portero…) y para mejorar la accesibilidad al edificio. Las mayorías d e ⅓ de los propietarios que a la vez representen ⅓ de las cuotas son requeridas para la instalación de plazas solares, nuevos servicios de telecomunicaciones y otros suministros colectivos de energía. Para el resto de acuerdos, con la mayoría simple basta (la mitad más uno de los propietarios) y que represente la mayoría de las cuotas. Los morosos, con voz pero sin voto Si hay vecinos que no están al corriente de pago, algo que desgraciadamente es menos extraño de lo deseable. Estos pueden intervenir en las juntas de vecinos, pero no tienen derecho de voto. «Solo podrán hacerlo, si antes de la junta de propietarios, consta que han abonado su deuda», añaden desde Cgcafe. ¿Es posible renunciar? Lo sabemos, hay comunidades de vecinos que pueden imponer el mismo respeto que el tribunal de una oposición. Malas noticias: el nombramiento de presidente de la comunidad es obligatorio , aunque con matices. En el Cgcafe, recuerdan que la junta de propietarios puede acordar que una determinada persona no sea presidente. También puede el ‘elegido’ puede acudir a los tribunales solicitando que se le exima «alegando las causas que considere oportunas» (enfermedad, residencia habitual en otro país, etc). «Pero tendrá que ser el juez el que decida», apuntan desde la organización que reúne a los administradores de fincas de toda España.

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Author: Pablo Perez