Una sentencia del Tribunal Supremo acaba de poner en el disparadero la configuración de las listas de morosos con Hacienda tal y como las conocemos y de abrir la puerta a que cientos de contribuyentes puedan reclamar su exclusión de esos listados. El Alto Tribunal ha dictaminado que este tipo de listados, que exponen a escarnio público los nombres de los contribuyentes, particulares y personas jurídicas, que arrastran deudas superiores a los 600.000 euros con la Hacienda Pública, solo deberían incluir a aquellos contribuyentes que tengan deudas o sanciones tributarias que hayan adquirido firmeza, en contra de lo que sucede en la actualidad. La lista que el Ministerio de Hacienda publica desde el año 2015 sigue un criterio mucho más laxo, ya que permite incluir a contribuyentes desde el momento en que hayan incumplido la obligación legal de atender sus deudas tributarias dentro del periodo voluntario. Bajo esta premisa, el último listado difundido por la Agencia Tributaria el pasado mes de junio incluía más de 7.000 deudores con un volumen de deudas con Hacienda cercano a los 18.000 millones de euros. En respuesta a cuatro recursos de casación planteados, dos por administraciones públicas y dos por contribuyentes particulares, el Tribunal Supremo dictamina que solo pueden ser incluidas en los listados de morosos aquellas personas físicas o jurídicas que ostenten la condición de deudores a la Hacienda Pública por deudas o sanciones tributarias firmes , informa Ep. El pronunciamiento del Supremo se alinea con una de las peticiones que incluyó el informe independiente de evaluación realizado por la Fundación Fide en relación a la ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude aprobada hace un año por el Ministerio de Hacienda y que entre otras cosas incluyó la ampliación del listado de morosos a todos los contribuyentes con deudas con el Fisco que superaran los 600.000 euros (antes de la norma el umbra era el millón de euros). MÁS INFORMACIÓN El comisionista Luis Medina entra en la lista de morosos y salen de ella Twitter y Carlo Ancelotti El informe aboga por excluir del listado aquellas deudas que no sean firmes en un intento por recuperar los fines legítimos del mismo y evitar someter a escarnio público a contribuyentes que litigan por cuestionar de forma legítima la deuda impuesta por Hacienda u a otros que no tienen opción de pagar.