Universidades y Colegios Profesionales

El Consejo de la Enseñanza Privada Superior (CEPS) autoriza las universidades privadas que pueden emitir títulos para ejercer una profesión universitaria. Además de la USAC, 14 son las universidades privadas aprobadas. Una vez autorizada, con el conocimiento del CEPS, cada universidad privada establece bajo su propia responsabilidad los requisitos académicos y de graduación.

Cabe mencionar que, en otros países la calidad de los estudios universitarios está supeditada a una calificación de una entidad gubernamental, mientras en Guatemala esta responsabilidad recae en cada universidad, en virtud de la autonomía e independencia consignada en la Constitución Política de la República. De hecho, todos los profesionales guatemaltecos al momento de graduarnos juramos defender dicha autonomía.

Algunas universidades han optado por sujetar sus carreras universitarias al escrutinio de acreditadoras internacionales de prestigio, o bien han hecho convenios con universidades situadas en países en que los contenidos, docentes, investigaciones, laboratorios, sílabos y currículos están sujetos a supervisión, asegurando por medio de la doble titulación, nacional y de otra universidad ubicada en países con estrictas evaluaciones periódicas e independientes de la calidad de las profesiones, para lograr el reconocimiento internacional de sus profesionales.

Legalmente, los colegios profesionales están obligados a registrar a los profesionales universitarios graduados de las universidades debidamente autorizadas por el CEPS, pero en ocasiones el colegio respectivo ha rehusado inscribir a los graduados, argumentando que no corresponden a las carreras tradicionales que el colegio reconoce. Pero la modernidad, la empresa y la sociedad, exigen de nuevas profesiones. Por ejemplo, al principio sólo existía la ingeniería civil, pero luego han ido surgiendo las ingenierías química, industrial, eléctrica, electrónica, de sistemas, de alimentos, de biotecnología, video juegos, inteligencia artificial o aeroespacial.

Si el colegio profesional no está actualizado sobre las nuevas profesiones, afecta gravemente a las personas que ostentan un título universitario al postergar o negarles la colegiación, que por disposiciones constitucional es obligatoria para poder ejercer cualquier profesión universitaria.

En reciente encuentro entre el Foro de Rectores y el Presidente de la Asamblea de Colegios Profesionales, con presencia del Presidente del CEPS, se abordó de manera cordial el asunto, conviniendo en una pronta solución mediante un trámite expedito de los expedientes de profesionales universitarios que no han podido ejercer legalmente sus profesiones por no estar debidamente colegiados.

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Author: Maria Suarez