LaLiga aclaró este viernes que la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 47 de Madrid sobre el proyecto de LaLiga Impulso afecta a cuestiones formales «ya subsanadas» en la Asamblea de dicho organismo del 10 de diciembre de 2021, en la que se aprobó el acuerdo final con el fondo de capital riesgo CVC. En dicha resolución el Athletic Club, el Fútbol Club Barcelona y el Real Madrid solicitaron la nulidad del acuerdo de dicha asamblea del acuerdo con CVC, que inyectaba al fútbol profesional española cerca de 2.000 millones de euros y dio origen al proyecto LaLiga Impulso . En dicha demanda los tres clubes consideran que la operación reflejada en la convocatoria era «sumamente compleja» y que afectaría de modo especial al modelo de gestión y comercialización de los derechos audiovisuales, pero también a la estructura de LaLiga. En el fallo, la jueza Rocío Montes Rosado estima íntegramente la demanda interpuesta por los tres clubes contra LaLiga y declara la nulidad del acuerdo adoptado en el cuarto punto del Orden del Día de la Asamblea del 12 de agosto de 2021, dejando sin efecto cualquier acto de ejecución relativos a la operación con CVC. Un defecto de forma «subsanado» Sin embargo, la patronal de clubes indicó en un comunicado que dicha sentencia se limita a valorar «si hubo o no defecto de forma» en las condiciones de la convocatoria y adopción del acuerdo de la Asamblea de LaLiga del 12 de agosto de 2021 sin que, «en absoluto», entre en cuestiones de fondo de los acuerdos. Dicho acuerdo impugnado «no cuestiona», añade, la conformidad a derecho del Proyecto LaLiga Impulso. «Tal y como la propia sentencia precisa ‘sin perjuicio del efecto que esta sentencia, en caso de alcanzar firmeza pudiera tener sobre los acuerdos aprobados con posterioridad’», señaló LaLiga. En este sentido, el organismo presidido por Javier Tebas añadió que cualquier posible defecto de forma destacado en esta demanda «ya ha sido totalmente subsanado» en la Asamblea del 10 de diciembre de 2021 donde se aprobó el acuerdo final. «Las cuestiones de fondo relativas al proyecto Impulso se han sometido a debate judicial en otro procedimiento posterior en el que se impugna el acuerdo de la Asamblea del 10 de diciembre de 2021, y respecto del cual, recientemente la Audiencia Provincial ya dictó un auto desestimando las pretensiones del Real Madrid, Athletic Club y FC Barcelona en cuanto a su solicitud de medidas cautelares, confirmando, a su vez, las resoluciones anteriormente dictadas por el Juzgado de Primera Instancia», añadió. Noticias Relacionadas estandar No Fútbol LaLiga tilda de «inaceptables» las medidas de la RFEF para mejorar el arbitraje S. D. estandar No laliga Javier Tebas: «Son mis peores días como presidente y como persona. Yo no soy racista» Rubén Cañizares No obstante, LaLiga se mostró «en desacuerdo» con el contenido de la sentencia, aunque reiteró que afecta a cuestiones meramente formales que ya han sido subsanadas en el posterior acuerdo del 10 de diciembre. Asimismo, entiende que fueron atendidas las formalidades de convocatoria y celebración de la Asamblea, sin que, «contrariamente a lo defendido por los tres clubes demandantes» se hubiese modificado el orden del día de dicha asamblea sino que se introdujo una «simple aclaración de los términos de negociación» objeto de aprobación atendiendo precisamente a una petición de Real Madrid, FC Barcelona y Athletic Club. Por último, LaLiga, que anunció interpondrá un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, subrayó que la sentencia «en ningún caso» afecta a la validez y mantenimiento del Proyecto LaLiga Impulso con CVC aprobado el 10 de diciembre de 2021. Además, recordó que el pasado marzo la Audiencia Provincial de Madrid dictó un auto desestimando las medidas cautelares pedidas por los clubes blanco, azulgrana y bilbaíno. Comunicado íntegro de LaLiga «Acerca de la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº47 de Madrid, LaLiga, desde el respeto a las decisiones judiciales quiere aclarar: La sentencia ahora dictada se limita a valorar si hubo o no defecto de forma en las condiciones de la convocatoria y adopción del acuerdo de la Asamblea de LaLiga del pasado 12 de agosto de 2021, de manera que pudiera verse afectado el derecho de información en esa concreta Asamblea, sin que en absoluto entre en cuestiones de fondo de los acuerdos. Sin embargo, dicho acuerdo impugnado, actualmente superado, y por tanto entendiéndose subsanado cualquier defecto de forma, no cuestiona por tanto la conformidad a derecho del Proyecto LaLiga Impulso. Tal y como la propia sentencia precisa «sin perjuicio del efecto que esta sentencia, en caso de alcanzar firmeza pudiera tener sobre los acuerdos aprobados con posterioridad». Cualquier posible defecto de forma destacado en esta demanda ya ha sido totalmente subsanado en la Asamblea del 10 de diciembre de 2021 donde se aprobó el acuerdo final. Las cuestiones de fondo relativas al proyecto Impulso se han sometido a debate judicial en otro procedimiento posterior en el que se impugna el acuerdo de la Asamblea del 10 de diciembre de 2021, y respecto del cual, recientemente la Audiencia Provincial ya dictó un auto desestimando las pretensiones del Real Madrid, Athletic Club y FC Barcelona en cuanto a su solicitud de medidas cautelares, confirmando, a su vez, las resoluciones anteriormente dictadas por el Juzgado de Primera Instancia. En este sentido, el contenido de la sentencia, con el que LaLiga está en desacuerdo, afecta a cuestiones meramente formales que ya han sido subsanadas en el posterior acuerdo del 10 de diciembre. No obstante a lo anterior, LaLiga entiende que fueron atendidas las necesarias formalidades de convocatoria y celebración de la citada Asamblea, sin que, contrariamente a lo defendido por los tres clubes demandantes, se hubiese modificado el orden del día de dicha Asamblea, sino que se introdujo una simple aclaración de los términos de negociación objeto de aprobación atendiendo precisamente a una petición de estos tres clubes. Que la sentencia, en ningún caso, afecta a la validez y mantenimiento del Proyecto LaLiga Impulso con CVC aprobado en la Asamblea del 10 de diciembre de 2021 y respecto al cual, recientemente, la Audiencia Provincial de Madrid, ya dictó auto desestimando. Por todo lo anteriormente expuesto y dado que la sentencia no es firme, LaLiga interpondrá el correspondiente recurso de apelación ante la Audiencia Provincial».