La Justicia europea tumba las limitaciones de Colau a Uber y Cabify y da alas a que reciban más licencias

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) concluye que la limitación de una licencia para Vehículos de Transporte con Conductor (VTC) por cada 30 taxis va contra el derecho de la Unión Europea y da alas para que compañías como Uber, Cabify y Bolt puedan operar con más permisos por encima de ese ratio. La sentencia publicada este jueves supone un varapalo para el sector del taxi y también para el ayuntamiento de Ada Colau en Barcelona, que actualmente aplica esa regulación en la Ciudad Condal. El TJUE considera que aunque la protección del medio ambiente como motivación de la norma puede constituir razones imperiosas de interés general, «el objetivo de garantizar la viabilidad económica de los servicios de taxi es un motivo de carácter puramente económico que no puede constituir una de esas razones». Además, carga contra el resto del argumentario del ayuntamiento de Colau al considerar que esta medida no parece idónea para garantizar la consecución de los objetivos de buena gestión del transporte, del tráfico y del espacio público, así como de protección del medio ambiente. No solo se muestra en contra del ratio 1/30 entre las VTC y el taxi. También carga contra la exigencia de doble autorización a la que deben someterse para recibir la licencia. La justicia europea cree que «limita el número de prestadores de servicios de VTC» y aunque puede considerarse una medida necesaria para alcanzar los objetivos anteriormente citados, esa autorización debe basarse «en criterios objetivos, no discriminatorios y conocidos de antemano», que excluyan cualquier arbitrariedad y que no se solapen con los controles ya efectuados en el marco del procedimiento de autorización nacional, «sino que respondan a necesidades particulares del Área Metropolitana de Barcelona». Por lo que el TJUE abre la puerta a que se pueda exigir esta autorización adicional si está bien motivada. Acciones menos restrictivas El TJUE además sugiere algunas acciones «menos restrictivas» para limitar el posible impacto de la flota de VTC, como la limitación del servicio durante determinadas franjas horarias, mediante restricciones de circulación en determinados espacios o con límites de emisión aplicables a los vehículos que circulan por el área metropolitana de Barcelona. La sentecia del organismo europeo tiene su germen en la denuncia ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de Prestige and Limousine, S. L. (P&L), empresa con licencias VTC que brinda sus servicios a Cabify en Barcelona. La compañía pidió al TSJC la anulación del reglamento local de servicios de VTC en todo el área metropolitana al considerar que el único objetivo del reglamento local era obstaculizar su actividad, «con el único fin de proteger los intereses del sector de los taxis». Opinión que comparten otras 15 empresas del sector con varios litigios pendientes en la misma línea. Ahora será el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña el que tenga que dictar sentencia. Son conclusiones que también van en línea con la opinión lanzada a finales del año pasado por el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Maciej Szpunar. Entonces, el letrado cuestionó la aplicación del ratio 1/30 para proteger los servicios del taxi solo porque pudiera constituir un servicio de interés económico general.

Clique aqui para ver articulo original

Author: Pablo Perez