El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) propondrá la inhabilitación de Pedro Rocha , presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) según avanzó El Español . Lo hará por un periodo de seis años por la comisión de tres infracciones de abuso de autoridad que considera graves: el cese de Andreu Camps como secretario general, la rescisión del contrato con GC Legal y por la personación del ente federativo como acusación particular en el Caso Supercopa. Esta propuesta es consecuencia de la petición del presidente del Consejo Superior de Deportes (CSD) a finales de marzo para abrir un expediente al extremeño, entonces presidente de la comisión gestora de la RFEF, por la presunta comisión de una infracción administrativa tipificada en el artículo 76.2 a) de la Ley 10/1990 del Deporte . Este considera infracción muy grave «el incumplimiento de los acuerdos de la asamblea general, así como de los reglamentos electorales y demás disposiciones estatutarias o reglamentarias». Según el TAD, «la autoría de los hechos corresponde a Pedro Rocha, quien ha reconocido en sus escritos la adopción de decisiones » anteriormente mencionadas. Y por ello presenta la propuesta de inhabilitación para ocupar cargos en cualquier federación deportiva durante seis años, dos por cada una de las infracciones. La inhabilitación impediría al presidente de la RFEF presentarse a las elecciones previstas para el mes de septiembre, una vez que finalicen los Juegos Olímpicos de París 2024.
El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) propondrá la inhabilitación de Pedro Rocha , presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) según avanzó El Español . Lo hará por un periodo de seis años por la comisión de tres infracciones de abuso de autoridad que considera graves: el cese de Andreu Camps como secretario general, la rescisión del contrato con GC Legal y por la personación del ente federativo como acusación particular en el Caso Supercopa. Esta propuesta es consecuencia de la petición del presidente del Consejo Superior de Deportes (CSD) a finales de marzo para abrir un expediente al extremeño, entonces presidente de la comisión gestora de la RFEF, por la presunta comisión de una infracción administrativa tipificada en el artículo 76.2 a) de la Ley 10/1990 del Deporte . Este considera infracción muy grave «el incumplimiento de los acuerdos de la asamblea general, así como de los reglamentos electorales y demás disposiciones estatutarias o reglamentarias». Según el TAD, «la autoría de los hechos corresponde a Pedro Rocha, quien ha reconocido en sus escritos la adopción de decisiones » anteriormente mencionadas. Y por ello presenta la propuesta de inhabilitación para ocupar cargos en cualquier federación deportiva durante seis años, dos por cada una de las infracciones. La inhabilitación impediría al presidente de la RFEF presentarse a las elecciones previstas para el mes de septiembre, una vez que finalicen los Juegos Olímpicos de París 2024.