La reforma constitucional no es solo cuestión de forma aludiendo a cómo se realiza una reforma constitucional de acuerdo con lo establecido en la Constitución Política. Más importante aún, quizá, es por qué y cuándo procede una reforma constitucional y es aquí donde conviene subrayar que la Constitución tiene esencialmente un carácter integrador en la medida que intenta acomodar a las normas con la realidad, en gracia, precisamente, de la misma permanencia de la Constitución, porque aun cuando haya una interpretación elástica de la ley fundamental, su adaptación al dinamismo de los cambios sociales ya no permite su aplicación plena, es decir, que el deber ser normativo se aleja del ser o sea de la realidad, lo cual parece que es natural, y entonces ya no es posible realizar los valores intrínsecos que están implícitos en su normativa. Pero ahora cuando se habla de una reforma constitucional es porque la parte orgánica de la misma no funciona, porque los que manejan lo que se llama Estado lo hacen para sí mismos, con lo cual hablar de una reforma es un absurdo, porque el mal no está en la Carta Fundamental, sino en los que ejercen el poder, de modo que la reforma solo serviría para que estos hagan lo que están haciendo con mayor facilidad, lo cual verdaderamente sería una torpeza. En Guatemala la corrupción ha minado tremendamente la función de los poderes supremos, lo que no es solo del presente régimen, sino de muchos períodos atrás, pero que ha venido ‘in crescendo’, hasta el punto de llegar a un cinismo descarado y a un robo escandaloso. El problema no es la Constitución, el problema es de quienes ejercen el poder.