La Constitución de Ecuador (2008) contempla un mecanismo de control interorgánico al que se conoce como “muerte cruzada”, que consiste en que, por un lado, la Asamblea Nacional (AN), el Poder Legislativo, puede destituir al presidente de la República, cuando se presente, entre otras situaciones, una grave crisis política y conmoción interna; y, por otro lado, el presidente puede disolver la AN, entre otras causas, cuando ocurra una grave crisis política y conmoción interna.
Este mecanismo de doble vía, que se activa por una grave crisis política o conmoción interna, además de que no tiene precedente en otras constituciones latinoamericanas, complica la gobernabilidad. En la Constitución de Perú existe un mecanismo de rescisión recíproca, bajo diferentes circunstancias. El Congreso puede declarar la vacancia de la presidencia cuando se plantea la incapacidad moral del gobernante, que ya ha sido invocada; y, asimismo, el presidente puede disolver el Congreso cuando este haya censurado o negado su confianza a dos consejos de ministros.
La destitución del gobernante en Ecuador debe ser aprobada con el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la AN y, en su caso, el vicepresidente debe asumir la presidencia. Esta facultad puede ser ejercida por una sola vez durante el periodo legislativo, en los tres primeros años del mismo.
Por su parte, el presidente puede ejercer, por una sola vez, en los tres primeros años de su mandato, la facultad de disolver la AN. En un plazo máximo de siete días después de la publicación del decreto de disolución, el Consejo Nacional Electoral debe convocar para una misma fecha a elecciones legislativas y presidenciales para el resto de los respectivos periodos, en las que pueden ser postulados como candidatos los asambleístas removidos y el presidente, para una suerte de confirmación o rechazo.
Debido a la grave crisis política y conmoción interna que está viviendo Ecuador, derivada de un paro nacional indefinido e intransigente, convocado por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), que ha durado 15 días, en la AN se presentó una moción de destitución del presidente Guillermo Lasso, quien asumió el 24 de mayo de 2021, firmada por el mínimo legal de 47 asambleístas, que son leales al expresidente Rafael Correa (exiliado en Bélgica). La destitución de Lasso requería del voto favorable de, por lo menos, 92 asambleístas (de 137), lo que no cuajó esta vez.
En todo caso, los 14 mil indígenas movilizados exigen reducir y congelar los precios de los combustibles, no aumentar la actividad petrolera y minera en la Amazonía, controlar los precios de los productos de primera necesidad y detener la privatización de empresas estatales. El Gobierno decretó un estado de excepción, pero las protestas violentas no cejaron, cuyo saldo ha sido cinco muertos y cerca de 200 heridos. A su vez, el presidente Lasso ha denunciado que se pretende derrocar al gobierno. Por cierto, la gran mayoría de ecuatorianos demanda el diálogo interpartes y que se levante el paro.
En todo caso, el gobernante de turno en Ecuador, ante una grave crisis política y conmoción interna, enfrenta la siguiente encrucijada: (i) Ejercer la facultad de disolver la AN, ante una eventual destitución, y optar nuevamente a la presidencia; o (ii) Permanecer en la presidencia y, en caso de destitución, traspasar el mando al vicepresidente, para darle continuidad a su proyecto político, con otro estilo de liderazgo.