Hay cambios legales que podrían contribuir a la construcción de un sistema político más democrático, legítimo y representativo; algunos requieren reforma constitucional, otros reforma de la LEYDPP. Se trata de facilitar al ciudadano el ejercicio del poder soberano que la Carta Magna le prescribe y reserva, que se esfuma dentro de las estructuras de poder de los partidos políticos y sus alianzas con sectores y grupos de interés, protegidas por leyes y disposiciones electorales hechas para preservar el poder en ellos, sin atender la expresión ciudadana, sin asegurar la legitimidad y representatividad de quienes ejercen el poder soberano del pueblo delegado en ellos en los procesos electorales, condición indispensable de una democracia verdadera.
La tarea no es fácil, pero es posible siempre y cuando exista conciencia de su importancia toral para la paz y el desarrollo de la República y, por supuesto, voluntad política de quienes están facultados para hacerlo, lo que implica renuncia a los privilegios que por ahora disfrutan quienes ejercen esos poderes; sin embargo, los cambios son necesarios para establecer procedimientos eficaces que canalicen la voluntad ciudadana y la traduzcan en acciones concretas en el funcionamiento del sistema político y de la sociedad en su conjunto. Esa es la razón de ser del régimen electoral, de sus instituciones, de los partidos y asociaciones políticas: servir de canal transmisor de la soberanía que radica en el pueblo, hacia los poderes constituidos y a todo el marco institucional del Estado.
Son al menos cinco áreas cuya reforma se requiere para alcanzar mayor legitimidad y representatividad en el ejercicio del poder por quienes reciben la delegación del poder soberano que radica en el pueblo: elecciones primarias, “campaña anticipada”, “transfuguismo”, monopolio de los partidos políticos para presentar candidatos a diputados; y el número y tamaño de los distritos electorales. Los cuatro primeros pueden reformarse en la LEYDPP; el quinto requiere la reforma del artículo 157 constitucional.
Me referiré hoy a la elección primaria, que favorece la expresión de las preferencias ciudadanas y contribuye a la mayor legitimidad y representatividad de los electos, al designarse candidatos dentro de los más votados en la consulta, superando la designación actual que se realiza ya sea por decisión propia (dueño del partido) de la dirigencia partidaria, de financistas o grupos de interés, o incluso, por compra de “posiciones seguras” en los listados. La elección primaria puede ser abierta (votan todos los ciudadanos, afiliados o no a un partido político), pueden inscribirse aspirantes con requisitos mínimos, especialmente a nivel de diputados y alcaldes. Además, la elección primaria reduce el número de partidos y candidatos que participan en la elección general, porque quedan fuera quienes no alcanzan el porcentaje requerido (en Argentina el 1.5 por ciento de los votos válidos) y abandonan quienes reciben porcentajes cercanos a ese mínimo, por lo que el número de casillas en las papeletas electorales es menor (generalmente entre 5 y 7 opciones) e incluye candidatos con posibilidades razonables; o sea, no más de 15 o 20 opciones y no más compra de posiciones “seguras”.
Lo dicho no es nuevo para nadie, pero lo que ha faltado para construir un régimen electoral más democrático y representativo, es la voluntad política de quienes pueden y deben hacerlo.