Democracia: Estado de derecho

Efectivamente, dos gobiernos militares sucesivos dieron pasos hacia la creación de un nuevo sistema político creando un Tribunal Supremo Electoral independiente y autónomo, convocando a la Asamblea Nacional Constituyente y a elecciones libres a partir de 1985, derogando para ello el marco constitucional vigente hasta marzo de 1982. Así, de un “sistema democrático” que permitía a los ciudadanos no elegir, sino solo votar por un candidato presidencial, en elecciones en las que el régimen decidía al ganador, se pasó a partir de 1985 al ejercicio democrático a base de elecciones libres, organizadas de manera responsable y eficiente por el Tribunal Supremo Electoral, institución que en sus primeros lustros organizó y realizó los procesos electorales e hizo gala de la independencia y autonomía que le reservan la CPR y la Ley, por ejemplo, al convertirse en el obstáculo insalvable para las pretensiones autoritarias del presidente Serrano. Ha pasado mucha agua bajo el puente desde entonces.

No puede distinguirse el momento en que inició el deterioro del naciente sistema político pero sí puede afirmarse que en la Ley Electoral se encuentra desde entonces el germen que podría degradar el sistema democrático, que a mi criterio deriva de la ausente legitimidad y representatividad de funcionarios electos, consecuencia de la nominación de candidatos a dedo por dirigencias partidarias y adláteres, que los proponen por sí y ante sí para una mera votación de los ciudadanos, que no eligen sino que solo votan, todo ello resultado de la preferencia que en materia electoral se dio a los llamados partidos políticos —que no lo han sido, ni lo son— en lugar de privilegiar el papel que una genuina democracia reservada a personas concretas, los ciudadanos, quienes como pueblo delegan en procesos electorales, su poder soberano, en poderes constituidos, condición indispensable para revestir de representatividad y legitimidad a los electos. 

Así que, como lo he señalado neciamente, en tanto que el régimen electoral restrinja el papel ciudadano solo a la emisión del sufragio y la Ley no prescriba procedimientos para que los ciudadanos de a pie tengan mucha tela que cortar en las decisiones de los partidos, nuestro sistema político no pasará de zopilote a gavilán; y, peor aún, agudizará su proceso de degradación hasta un punto de no retorno, o hasta que el cuerpo social aguante.

Entre tanto, el 29 de julio se privó de libertad al presidente de elPeriódico y se ejerció evidente presión sobre este medio de prensa, eventos que hacen recordar, con crudeza y claridad meridiana, que la democracia no es solo elecciones, sino que, esencialmente, prevalencia del Estado de derecho.

Por ello, expreso vehementemente mi esperanza y exigencia de que: primero, en este caso y en el de innumerables personas privadas de libertad, la administración de justicia sea justa —valga la redundancia—, pronta y cumplida, sin retrasos ni posposiciones injustificables; y, segundo, que los poderes constituidos tengan presente el artículo 35 de la CPR en todos sus párrafos e implicaciones, y que, como debe de ser, el bien jurídico de la libertad de expresión sea tutelado y no disminuido por el Estado.

Clique aqui para el articulo completeo

Author: Maria Suarez