La Inspección de Trabajo tendrá facultades para controlar los despidos colectivos. La nueva Ley de Empleo, que ha iniciado su tramitación en el Congreso de los Diputados, recoge una enmienda transaccional de EH Bildu con PSOE y Podemos que permitirá a los inspectores pronunciarse sobre la concurrencia de las causas especificadas por la empresa en la comunicación inicial del ERE. El pacto no implica recuperar la autorización administrativa previa en las extinciones que suprimió la reforma laboral de 2012, pero es un paso firme en la normativa laboral para recuperar el control de los despidos colectivos, dado que la Inspección supervisarán las causas de un ERE, su acreditación y adecuación a lo alegado por la compañía para acometer la extinción. La enmienda aprobada en la Comisión de Trabajo busca modificar el artículo 51.2 del Estatuto de los Trabajadores del tal manera que «el informe de la Inspección se pronunciará sobre la concurrencia de las causas especificadas en la comunicación inicial y constatará si la documentación presentada por esta se ajusta a la exigida en función de la causa concreta para despedir». El pacto con Bildu ha sido duramente criticado por CEOE y Cepyme. En un comunicado las organizaciones empresariales alertaron de que « la enmienda transaccional aprobada por el Ministerio de Trabajo para reponer el control de las causas en los despidos colectivos (ERE) es una traición al acuerdo alcanzado en la reforma laboral». Asegura la organización que preside Antonio Garamendi que «en la medida que este asunto fue debatido en los trabajos de la reforma laboral, y apartado de mutuo acuerdo en aras del consenso, la actuación del Ministerio de Trabajo a través de la enmienda de EH Bildu supone una ruptura de la buena fe negocial, imprescindible en todo proceso de negociación, que obliga a las partes a respetar y defender los acuerdos alcanzados, actuación que invalida al Ministerio de Trabajo como interlocutor fiable». Por último, asegura la patronal que « la espera de una rectificación, los empresarios españoles rechazamos la interlocución con el Ministerio de Trabajo por entenderla tramposa y contraria a la buena fe». Y añaden que «esta modificación que tiene como fin intervenir las decisiones empresariales, es contraria a la Constitución y al derecho a la libertad de empresa y contraviene la normativa europea, que no admite una regulación que sustraiga al empresario la facultad decisoria como establecen numerosas sentencias, entre otras, la sentencia del TJUE de fecha 21 de diciembre de 2016».